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Seguro del Alquiler

Seguridad

Alquiler seguro alquilaplus

En términos generales, la seguridad se define como “el estado de bienestar que percibe y disfruta el ser humano”. Según la pirámide de Maslow, la seguridad ocupa el segundo nivel dentro de las necesidades de déficit. Es una de las siete necesidades básicas a satisfacer por el ser humano. Si lo trasladamos al mundo del Arrendamiento, alquilar una vivienda tiene numerosas ventajas aunque, el miedo a un impago por parte del inquilino o a que la vivienda sufra daños por actos vandálicos desanima a muchos propietarios. Si esto lo aplicamos al contrato de alquiler, tendrá que ir necesariamente de la mano con el Seguro Alquila Plus+ si no quiere tener sorpresas desagradables.

Bienestar

Todos buscamos el Bienestar general, promovido por no tener problemas en ningún ámbito relacionado con nuestra vida. A la hora de alquilar una vivienda no iba a ser distinto, ya que un impago de rentas o bien, un desahucio, nos trastocaría ese círculo de bienestar tan deseado. No juegue con su patrimonio y no alquile sin garantías. Entendemos que un propietario no debe asumir esos riesgos a ciegas, por ello trabajamos desde el principio para proteger sus intereses.

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Tranquilidad

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La tranquilidad es sinónimo de bienestar, calma y relajación. Por eso la tranquilidad es definida como el estado de calma, de despreocupación o de paz, que sentimos en un momento o tiempo y lugar determinado. Aplicándolo al alquiler, éste producto garantizará su tranquilidad y dará cobertura a todos aquellos riesgos que más le preocupan a la hora de alquilar. Se trata de un seguro exclusivo que se ha desarrollado escuchando las preocupaciones de la sociedad, dando cobertura a todas las necesidades de ámbito privado.

Principales Coberturas Alquila Plus+

Estudio Solvencia.

Nos encargamos de hacer un estudio de la capacidad económica del inquilino. La renta anual del alquiler no podrá superar el 45% de los ingresos anuales netos del arrendatario (si no se cumple este requisito se valorará la existencia de más de un inquilino y/o afianzador). Ejemplo: Renta mensual de 450€, el inquilino/s tendrán que demostrar unos ingresos netos de al menos 1.000 euros. Filtros de morosidad e impagos.

Cobro anticipado de rentas impagadas hasta 12 MESES.

Si su inquilino no le paga, nosotros le pagamos desde el primer día de impago una vez iniciado el proceso.

Abogado y Procurador Incluidos.

Cubierto en la póliza: tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos cubiertos. Honorarios y gastos de Abogado. Derechos y suplidos de procurador, cuando su intervención sea preceptiva. Gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de los intereses del Asegurado. Honorarios de gastos de peritos necesarios.

Cobertura por Actos Vandálicos 6000€.

Le cubrimos hasta 6000€ al continente. La compañía asumirá hasta el 100% de la Suma Asegurada, a Valor de Nuevo, y siempre que exista un siniestro indemnizado con cargo a la cobertura de impago de alquileres, los deterioros inmobiliarios y/o robo del continente de la vivienda asegurada, causados por el inquilino como consecuencia de actos de vandalismo o malintencionados y que se constaten tras su desalojo o marcha de la vivienda, comparando el estado de los mismos con aquel en que se encontraba cuando el inquilino formalizó el contrato de arrendamiento.

Con la Garantía de Arag Alquiler
¿Por qué es importante tener un seguro de alquiler? - AlquilaPlus