Seguridad

En términos generales, la seguridad se define como “el estado de bienestar que percibe y disfruta el ser humano”. Según la pirámide de Maslow, la seguridad ocupa el segundo nivel dentro de las necesidades de déficit. Es una de las siete necesidades básicas a satisfacer por el ser humano. Si lo trasladamos al mundo del Arrendamiento, alquilar una vivienda tiene numerosas ventajas aunque, el miedo a un impago por parte del inquilino o a que la vivienda sufra daños por actos vandálicos desanima a muchos propietarios. Si esto lo aplicamos al contrato de alquiler, tendrá que ir necesariamente de la mano con el Seguro Alquila Plus+ si no quiere tener sorpresas desagradables.
Bienestar
Todos buscamos el Bienestar general, promovido por no tener problemas en ningún ámbito relacionado con nuestra vida. A la hora de alquilar una vivienda no iba a ser distinto, ya que un impago de rentas o bien, un desahucio, nos trastocaría ese círculo de bienestar tan deseado. No juegue con su patrimonio y no alquile sin garantías. Entendemos que un propietario no debe asumir esos riesgos a ciegas, por ello trabajamos desde el principio para proteger sus intereses.

Tranquilidad

La tranquilidad es sinónimo de bienestar, calma y relajación. Por eso la tranquilidad es definida como el estado de calma, de despreocupación o de paz, que sentimos en un momento o tiempo y lugar determinado. Aplicándolo al alquiler, éste producto garantizará su tranquilidad y dará cobertura a todos aquellos riesgos que más le preocupan a la hora de alquilar. Se trata de un seguro exclusivo que se ha desarrollado escuchando las preocupaciones de la sociedad, dando cobertura a todas las necesidades de ámbito privado.
Principales Coberturas Alquila Plus+
Estudio Solvencia.
Nos encargamos de hacer un estudio de la capacidad económica del inquilino. La renta anual del alquiler no podrá superar el 45% de los ingresos anuales netos del arrendatario (si no se cumple este requisito se valorará la existencia de más de un inquilino y/o afianzador). Ejemplo: Renta mensual de 450€, el inquilino/s tendrán que demostrar unos ingresos netos de al menos 1.000 euros. Filtros de morosidad e impagos.
Cobro anticipado de rentas impagadas hasta 12 MESES.
Si su inquilino no le paga, nosotros le pagamos desde el primer día de impago una vez iniciado el proceso.
Abogado y Procurador Incluidos.
Cubierto en la póliza: tasas, derechos y costas judiciales derivadas de la tramitación de los procedimientos cubiertos. Honorarios y gastos de Abogado. Derechos y suplidos de procurador, cuando su intervención sea preceptiva. Gastos notariales y de otorgamiento de poderes para pleitos, así como las actas, requerimientos y demás actos necesarios para la defensa de los intereses del Asegurado. Honorarios de gastos de peritos necesarios.
Cobertura por Actos Vandálicos 6000€.
Le cubrimos hasta 6000€ al continente. La compañía asumirá hasta el 100% de la Suma Asegurada, a Valor de Nuevo, y siempre que exista un siniestro indemnizado con cargo a la cobertura de impago de alquileres, los deterioros inmobiliarios y/o robo del continente de la vivienda asegurada, causados por el inquilino como consecuencia de actos de vandalismo o malintencionados y que se constaten tras su desalojo o marcha de la vivienda, comparando el estado de los mismos con aquel en que se encontraba cuando el inquilino formalizó el contrato de arrendamiento.
Con la Garantía de Arag Alquiler
